Los recibos no domiciliados serán enviados por correo ordinario al domicilio fiscal de cada contribuyente para su pago en cualquier banco o caja de ahorros, aportando el recibo completo, momento en el que se podrá solicitar la domiciliación del mismo.
Quienes antes del 15 de abril no han recibido los recibos aludidos, deberán solicitar un duplicado en el Ayuntamiento de Elgeta, en horario de oficinas.
Se hace saber que transcurrido el período de pago voluntario, se iniciará el procedimiento administrativo de apremio, según lo dispuesto en el vigente Reglamento General de Recaudación, y se procederá al cobro de las cuotas con el correspondiente recargo.
Elgeta, 27 de marzo de 2009
El alcalde,